Condiciones de contratación de viaje
Condiciones Generales de Contratación de Viajes Combinados y Servicios de Viaje Vinculados
Las presentes Condiciones Generales se rigen por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, modificado por el Real Decreto-ley 23/2018, de 21 de diciembre, de transposición de directivas en materia de viajes combinados y servicios de viaje vinculados, así como por la demás normativa aplicable en materia de consumo y contratación electrónica.
RUTEO VIAJES SL (CIF B-88858113), con domicilio en Calle La Ceiba 2, Piso 1, Puerta 2, Madrid, actúa como [organizador / minorista] de los viajes combinados y servicios de viaje vinculados ofrecidos a través de https://ruteo.net/.
1. Objeto y ámbito de aplicación
Las presentes condiciones regulan la contratación de los viajes combinados y, en su caso, los servicios de viaje vinculados que RUTEO ofrece a través de su sitio web. Se aplican a toda reserva realizada por el viajero a través de ruteo.net, con independencia del canal de pago utilizado.
2. Definiciones
Viajero: toda persona que pretenda celebrar un contrato o tenga derecho a viajar en virtud de un contrato celebrado en el ámbito de aplicación de esta normativa.
Viaje combinado: combinación de al menos dos tipos diferentes de servicios de viaje (transporte, alojamiento, alquiler de vehículos u otros servicios turísticos) para el mismo viaje o vacación, cuando dichos servicios se combinen por RUTEO, a petición del viajero o conforme a su elección, antes de que se celebre un contrato único, o se ofrezcan, vendan o cobren a un precio a tanto alzado o global.
Servicio de viaje vinculado: al menos dos tipos diferentes de servicios de viaje adquiridos para el mismo viaje o vacación, que no constituyen un viaje combinado, y que dan lugar a la celebración de contratos separados con cada uno de los prestadores de servicios de viaje individuales.
Organizador: el empresario que combina y vende u ofrece viajes combinados, directamente o por medio de otro empresario o junto con él.
3. Información precontractual
Antes de que el viajero quede obligado por cualquier contrato de viaje combinado u oferta correspondiente, RUTEO facilitará la siguiente información, siempre que resulte aplicable:
- Principales características de los servicios de viaje: destino/s, itinerario, fechas y período de estancia, número de pernoctaciones incluidas, medios de transporte con sus características y categorías, puntos, fechas y horas de salida y regreso, duración, lugares de las paradas intermedias y conexiones de transporte
- Ubicación, principales características y, en su caso, categoría turística del alojamiento
- Comidas previstas, visitas, excursiones u otros servicios incluidos en el precio total
- Si algún servicio se prestará al viajero como parte de un grupo, y en tal caso, su tamaño aproximado
- Idioma en el que se prestarán los servicios, si es relevante para el viajero
- Si el viaje o vacación es en general apto para personas con movilidad reducida
- Precio total del viaje combinado, incluidos impuestos y, en su caso, todas las tasas, recargos y otros costes adicionales
- Modalidades de pago, incluido cualquier importe o porcentaje del precio a pagar en concepto de depósito, y calendario para el pago del resto del precio
- Número mínimo de personas necesario para la realización del viaje combinado y el plazo previsto antes del inicio del viaje para la posible resolución del contrato en caso de no alcanzarse dicho número
- Información general sobre los requisitos de pasaporte y visado, y sobre las formalidades sanitarias del viaje
- Información sobre la posibilidad de que el viajero resuelva el contrato en cualquier momento antes del inicio del viaje a cambio del pago de una penalización adecuada, o en su caso, la penalización tipo establecida por RUTEO
- Información sobre el seguro facultativo u obligatorio que cubra los gastos de resolución del contrato por parte del viajero, o los gastos de repatriación en caso de accidente, enfermedad o fallecimiento
4. Precio y modificación del precio
El precio del viaje combinado se ha calculado en base a las tarifas, tasas e impuestos vigentes en el momento de la publicación de la oferta.
RUTEO solo podrá incrementar el precio del viaje combinado si el contrato así lo establece expresamente y únicamente como consecuencia directa de variaciones en el precio del transporte de pasajeros derivadas del coste del combustible, en el nivel de impuestos o tasas aplicables, o en los tipos de cambio de divisas. En tal caso, se informará al viajero de forma clara y comprensible, justificando el aumento e indicando su cálculo.
El viajero tendrá derecho a una reducción del precio correspondiente a toda disminución de los costes mencionados que se produzca después de la celebración del contrato y antes del inicio del viaje.
Si el aumento del precio supera el 8% del precio total del viaje combinado, el viajero podrá resolver el contrato sin penalización alguna, en el plazo que se le indique al comunicarle dicho aumento.
No podrá incrementarse el precio en los últimos 20 días antes de la fecha de inicio del viaje.
5. Modificación de otras condiciones del contrato antes del inicio del viaje
Si antes del inicio del viaje combinado RUTEO se ve obligado a modificar de forma significativa alguna de las características principales de los servicios de viaje, o no puede cumplir los requisitos especiales del viajero aceptados previamente, se lo comunicará sin demora indebida, de forma clara, comprensible y destacada, en soporte duradero, ofreciendo:
- La aceptación de la modificación propuesta, o
- La resolución del contrato sin penalización alguna
El viajero deberá comunicar su decisión en el plazo razonable que se le indique.
6. Resolución del contrato
Por parte del viajero: el viajero podrá resolver el contrato en cualquier momento antes del inicio del viaje. En tal caso, deberá abonar a RUTEO una penalización adecuada y justificable, salvo que la resolución se deba a circunstancias inevitables y extraordinarias que se produzcan en el lugar de destino o en las inmediaciones y que afecten sustancialmente a la ejecución del viaje o al transporte de pasajeros al destino, en cuyo caso el viajero tendrá derecho al reembolso íntegro sin penalización alguna, pero no a una indemnización adicional.
Por parte de RUTEO: RUTEO podrá resolver el contrato y reembolsar íntegramente al viajero los pagos realizados, sin indemnización adicional, si:
- No se alcanza el número mínimo de personas necesario para la realización del viaje combinado, siempre que se le notifique dentro del plazo fijado en el contrato
- Se ve en la imposibilidad de ejecutar el contrato por circunstancias inevitables y extraordinarias, notificándolo sin demora indebida antes del inicio del viaje
Cesión de la reserva: el viajero podrá ceder su reserva a una persona que reúna todas las condiciones aplicables, previa notificación a RUTEO con una antelación razonable antes del inicio del viaje. Cedente y cesionario responderán solidariamente del pago del resto del precio y de cualquier comisión, cargo u otros costes adicionales que resulten de la cesión.
7. Ejecución del viaje combinado y responsabilidad
RUTEO responderá frente al viajero de la correcta ejecución de los servicios de viaje incluidos en el contrato, con independencia de que dichos servicios los deba ejecutar la propia RUTEO u otros prestadores de servicios de viaje.
Si alguno de los servicios no se ejecuta conforme al contrato, RUTEO subsanará la falta de conformidad, salvo que resulte imposible o suponga costes desproporcionados. Si RUTEO no subsana la falta de conformidad en un plazo razonable, el viajero podrá subsanarla por sí mismo y solicitar el reembolso de los gastos necesarios.
El viajero tendrá derecho a una reducción del precio adecuada por cualquier período durante el cual haya existido falta de conformidad, así como a la indemnización correspondiente por cualquier daño y perjuicio que sufra como consecuencia de dicha falta de conformidad, salvo en los supuestos previstos legalmente que eximan de responsabilidad.
8. Garantía frente a la insolvencia
RUTEO dispone de garantía suficiente para asegurar, en caso de insolvencia, el reembolso de todos los pagos realizados por los viajeros y, si el transporte de pasajeros está incluido en el viaje combinado, la repatriación de estos.
Entidad garante: [pendiente de datos — nombre de la aseguradora/entidad avalista y número de póliza o aval]
Para más información sobre esta garantía, o en caso de que se denieguen servicios debido a la insolvencia de RUTEO, el viajero puede ponerse en contacto con: [pendiente de datos de contacto de la entidad garante]
9. Reclamaciones
Las reclamaciones relativas a la ejecución del viaje combinado podrán dirigirse a RUTEO a través del correo electrónico info@ruteo.net.
De conformidad con el Reglamento (UE) nº 524/2013, el viajero puede acceder a la plataforma europea de resolución de litigios en línea a través del siguiente enlace: https://ec.europa.eu/consumers/odr/
10. Legislación aplicable y jurisdicción
Las presentes Condiciones Generales se rigen por la legislación española. Para la resolución de cualquier controversia derivada de la interpretación o ejecución de las mismas, ambas partes se someten a los Juzgados y Tribunales de Madrid, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, sin perjuicio de los derechos que asistan al viajero como consumidor conforme a la normativa vigente.